1. Promotor: El sorteo es promovido por Mastercard y Oriental Bank (colectivamente el “Promotor”)
a. Dirección Física: Ave. Muñoz Rivera, 254 San Juan, PR 00918
b. Dirección Postal: PO BOX 195115 San Juan, PR 00919
c. Dirección Internet: https://orientalbank.com/
2. Período del Sorteo: Este sorteo (el “Sorteo”) inicia el 23 de diciembre de 2024 y concluye el 14 de febrero de 2025 a las 11:59PM (“Periodo del Sorteo”).
3. Elegibilidad: Son elegibles para participar en el Sorteo las personas que cumplan con todos los requisitos debajo mencionados:
a. Ser personas naturales y residentes legales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
b. Ser mayor de 18 años o legalmente emancipados.
c. Ser tarjetahabiente principal (portador) de la cuenta bancaria asociada a su tarjeta de débito Mastercard World Elite de Oriental, y no terceros (personas a quienes fueron prestadas las tarjetas para consumo, pero no son portadores de las cuentas).
d. No tener alguna cuenta que se encuentre en atraso, pérdida, bloqueada ni cancelada.
e. No aplica a empleados de Oriental Bank, empleados de Mastercard, ni a empleados de agencias de publicidad, mercadeo, promociones y relaciones públicas que participen en cualquiera de las etapas del Sorteo.
4. Formas de Participar: Nada que comprar para participar. Se podrá participar de las siguientes formas:
a. Los participantes recibirán una (1) participación por cada transacción de compra realizada al utilizar su tarjeta de débito Mastercard World Elite durante el Periodo del Sorteo. Las probabilidades de ganar dependen del número de participaciones recibidas.
b. De forma gratuita toda persona elegible, que así lo desee, podrá participar llenando un (1) cupón de participación gratuito por persona por día durante el Período Aplicable en: las oficinas principales de Oriental Mercadeo Piso 5, Ave. Muñoz Rivera 254 Hato Rey; los martes (laborables) de 9:00am a 12:00pm. Los cupones serán completados de forma legible con su nombre y apellidos, número de su identificación vigente y aceptable (i.e. licencia de conducir o pasaporte), dirección postal y número de teléfono de contacto. Los datos del participante en cada cupón serán entrados al sistema de tómbola electrónica para su inclusión en el Sorteo. Sólo se aceptará una (1) participación manual por persona durante el Periodo del Sorteo. Finalizado el Período del Sorteo, no se aceptarán participaciones.
5. Premios: Se sorteará una experiencia musical con Joaquín Sabina para el 4 de marzo de 2025 en el Mastercard lounge en el Coliseo de Puerto Rico. La experiencia incluye una entrada para el ganador y un acompañante por el “exclusive fast lane”, acceso VIP al Mastercard exclusive lounge en un formato “All you can eat” con alimentos y refrigerios, así como un regalo de bienvenida por ganador (el “Premio”). El Promotor se reserva el derecho de sustituir el Premio por otro de igual o superior valor. El Premio no es transferible ni puede ser sustituido total o parcialmente por los ganadores ni puede ser cambiado por efectivo. Los ganadores serán enteramente responsables por cualquier impuesto federal, estatal y/o local aplicable relacionado con la aceptación y el recibo de su respectivo Premio, al igual que de cualquier otro costo relacionado.
6. Selección y notificación de potenciales ganadores y alternos: El 18 de febrero de 2025 serán seleccionados treinta (30) ganadores de manera aleatoria y al azar y treinta (30) ganadores alternos, mediante un sorteo de tómbola digital por el Promotor, los cuales serán notificados por teléfono y/o correo electrónico. Los ganadores deberán responder dentro de un término de tres (3) días laborables a partir de la notificación para reclamar el Premio (el “Término”) y coordinación de su experiencia. Posterior a este contacto, los ganadores recibirán en su correo electrónico la invitación que certifica el disfrute de su experiencia junto a un (1) acompañante. Si los potenciales ganadores no responden dentro del Término, se entenderá que renunciaron al Premio y se notificará a un potencial ganador alterno (de la misma manera que a un potencial ganador), quien tendrá el mismo Término para responder para reclamar el Premio.
El Promotor se reserva el derecho a evaluar a cada participante para determinar su elegibilidad para participar en el Sorteo y su cumplimiento con estas Reglas y cualquier requisito aquí descrito. El Promotor podrá descalificar a cualquier participante (incluyendo a los ganadores), en cualquier momento, por incumplir con estas Reglas y cualquier requisito aplicable. Cualquier intento de violar alguna de estas Reglas o de proveer información falsa se procesará conforme a las leyes vigentes.
7. Consentimiento para uso de imagen: Al aceptar el Premio, los ganadores consienten y otorgan al Promotor y a sus respectivas agencias de publicidad, mercadeo, promociones y relaciones públicas, el derecho irrevocable de usar su imagen (incluyendo su nombre, fotografía, retrato, voz, firma, atributo o cualquier representación de su persona) para cualquier propósito relacionado con el Sorteo (incluyendo con fines o propósitos comerciales, mercantiles o publicitarios), a través de cualquier medio, en cualquier parte del mundo y por tiempo ilimitado, sin notificación, consentimiento o compensación alguna.
8. Exoneración de Responsabilidad: Al participar en el Sorteo, el Promotor y sus respectivas Afiliadas, agencias de publicidad, mercadeo, de relaciones públicas, y de promociones, los respectivos directores, oficiales, empleados, agentes y representantes (conjunta e individualmente la “Parte Relevada”) no se hacen responsables por garantías, expresas e implícitas, ni por accidentes, pérdidas y/o daños, directos o indirectos, de cualquier clase al ganador, ganador alterno, sus familiares, o cualquier otra persona o entidad relacionados al uso, otorgamiento, adquisición, disfrute o posesión del Premio. Tampoco se hacen responsables por defectos que pudiera presentar el Premio, accidentes, querellas, pérdidas, robos, daños y perjuicios de cualquier clase causados por lo que ocurran por motivo del recibo, otorgamiento, uso, disfrute o posesión del Premio. Al aceptar la Premio, el ganador por sí y por sus sucesores liberan a la Parte Relevada de toda y cualquier causa de acción o reclamación, judicial, administrativa, o extrajudicial, relacionada con el uso, otorgamiento, adquisición, disfrute, o posesión del Premio. De ser necesario, el tarjetahabiente a quien se le otorgue el Premio deberá aceptar cualquier demora razonable con relación a la entrega de estos.
9. Leyes Aplicables. Este Sorteo está sujeto a todas las leyes y regulaciones aplicables del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de los Estados Unidos de América (“Leyes Aplicables”). El Promotor se reserva el derecho de cancelar el Sorteo, modificar estas Reglas y/o el Premio anunciado conforme a las Leyes Aplicables.
10. Divulgación: El participar en el Sorteo constituirá la total aceptación de estas Reglas, las cuales estarán disponibles en el Blog de Oriental, blog.orientalbank.com